domingo, 9 de diciembre de 2012

Obligaciones Divisibles e Indivisibles

TABLA COMPARATIVA
OBLIGACIONES DIVISIBLES Y OBLIGACIONES INDIVISIBLES
 
OBLIGACIONES
Divisibles
Indivisibles
Definición
Es aquella que tiene posibilidad de cumplimiento parcial sin que haya alteración o merma de su valor por la división
Es aquella en que no existe posibilidad de fraccionamiento, habiendo de cumplirse como un todo y sin descomponerse, de  una manera unitaria
Criterio
Esta impuesta necesariamente por la índole fraccionable de la prestación
Puede derivar tanto de los caracteres objetivos u ontológicos de la prestación
Jurisprudencia
El acreedor puede demandar en un mismo juicio a todos los obligados para lograr el cumplimiento total de la obligación o a uno de ellos para que cumpla la parte que le corresponde
No es necesario comprender en un solo juicio a todos los obligados en una demanda mancomunada indivisible, pues cada uno de ellos responde por el total, salvo en el caso que se jurídicamente imposible que uno solo cumpla la prestación
Solidaridad
No aplica
Constituye una causa de indivisibilidad y difiere de la mera imposibilidad de fraccionamiento en el pago o indivisibilidad objetiva
Pago
Es indivisible o no lo es
Indivisible
Principio general
Doctrina sostiene que las obligaciones son divisibles
Excepción tres factores:
a)    la naturaleza de la prestación
b)    el pacto expreso en contrario
c)     la ley

 

Fuente bibliográfica:

Montero Piña, Fernando (1999). Obligaciones. Sexta Edición. San José: Premiá Editores.  

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